viernes, 10 de octubre de 2008

sobre los juicios a Google y Yahoo en la Argentina





Hay un artículo de Will Thompson que es columnista de tecnología de la BBC en la radio y en el site, quien armó las páginas del diario inglés The Guardian, alguien importante.

Él dice que Google debería tener control del Estado entre otras cosas comenta:

Google sabe demasiado sobre nosotros. Sabe nuestros hábitos en Orkut (si estamos en ésta red), puede acceder a nuestros e-mails (si usamos Gmail); tiene ideas de cada búsqueda que hacemos, así sea en la más callada noche.

Nuestros secretos más íntimos los compartimos con Google. En sus bancos de datos están todas las búquedas que hicimos personalmente.

En 2006, Google decidió que el site alemán de la BMW estaba haciendo trampa para conseguir un lugar más arriba en el ranking de los sistemas de búsquedas. Entonces decidió castigarlo: nadie más encontraría la versión alemana de BMW online. En todo momento muchos intentan trampear a Google, cambiando la diagramación de las páginas, colocando palabras claves -a veces, mintiendo. Todo para salir bien arriba de la lista. Está bien que ellos castiguen a los tramposos. Pero veamos que, por otro lado: es mucho poder. Si Google decide, no sabemos bien por qué criterio, que alguien deba ser castigado de sus búsquedas, él lo será.

En ningún momento-ni en el caso de la punición a BMW- los muchachos de nuestro sistema de búsquedas favoritas parecieron actuar de mala fe. Pero, supongamos que se equivoquen.

Ser baneado en Google, es como ser borrado de Internet. El servicio que Google -y cualquier otra empresa de ese tipo- presta es tan serio, tan esencial a la sociedad, que debe ser reglamentado por el gobierno de la misma manera que la distribución de electricidad, seguros de salud, acceso a ondas de radio o sistemas de telefonía.

¿Quién fiscalizaría a Google en nombre de un gobierno ? ¿Quién analizaría sus líneas de código? Ellos tienen la mejor tecnología que existe y el mejor banco de datos. Bill Thompson tiene razón. No es una cuestión, aqué, de ser intervencionista. De considerar que el Estado deba meterse en los negocios de todo el mundo. Sólo es reconocer el hecho de que precisamos de una Vigilancia Sanitaria para garantizar que la lechuga que compramos en el súpermercado es fresca y la carne sin parásitos. Tal vez precisemos de un mecanismo para garantizar que Google, Yahoo!, Lycos y todos los similares no hagan nada con nuestros datos y no borren a nadie de la red sin que por lo menos sepamos el porqué. Internet todavía es joven!




Ahora en la Argentina el tema es diferente, hay varios juicios que se le están haciendo a Google y a Yahoo pero son para:

  • "Buenos Aires, Septiembre 5 de 2008. Por lo expuesto y toda vez que en el caso encuadra en lo dispuesto por el art. 50 del Trips-Gatt (ley 24.425) , creo procedente hacer lugar a la medida cautelar peticionada (...) Deberán los responsables de www.yahoo.com.ar y www.google.com.ar, en el plazo de dos días hábiles, bloquear cualquier tipo de información referida a la Dra. María Romilda Servini de Cubría...", ordena el documento del Poder Judicial al que tuvo acceso Criticadigital, firmado por el juez federal Marcelo Eugenio Wathelet."

  • O sea, lo que se quiere, al contrario de la causa de la BMW de Alemanía, es que no aparezca nada al tipear el nombre María Romilda Servini de Cubría en Google o en Yahoo, en Yahoo ya lo lograron, abajo verán la entrada al colocar el nombre de la jueza en Yahoo:


    Ahora si colocan Servini de Cubría sin el nombre aparece algo diferente (en yahoo):


    En el artículo de Crítica aclaran que si van a cualquier otra extensión de Yahoo, por ejemplo Yahoo Brasil y colocan la búsqueda igual que en el site de Argentina si se encuentra mayor información.


De la nota del diario Crítica:

"UN EJEMPLO QUE CUNDE. Servini de Cubría es parte de un trío de funcionarios públicos que presentaron esta medida ante la Justicia (también lo hicieron el juez de cámara Alfredo Romano y el fiscal Marcelo Horacio Miragaya) y de un grupo mucho mayor si se cuentan los personajes del deporte y la farándula (Diego Maradona, Sergio Goycoechea, Romina Gaetani y Susana Giménez, entre otros)."


En el mismo diario hay una entrevista al abogado de la jueza que aclara el panorama:

EL HOMBRE CONTRA EL GRAN MONSTRUO. Martín Leguizamón es el abogado que lleva adelante todas las causas contra los buscadores de internet. Al otro lado del teléfono, es humorista cuando quiere (hace bromas tales como: "Me siento como el abogado que le pasaba información a Julia Roberts en "El Informe Pelícano") e irascible cuando se cuestionan sus intereses. En conversación con Críticadigital, reivindicó sus victorias y confesó que se agranda cuando lo atacan.

- ¿Por qué se cita al artículo 50 del Trips Gatt en la medida, si es parte de un acuerdo comercial?

-
Ése es un error que quedó de referencia y no tiene nada que ver con el tema.

- Pero el fallo dice que "el caso encuadra en lo dispuesto" por ese artículo, ¿entonces es un error?

- La medida no se basa en ese artículo, mi demanda se basa en los artículos 14 y 33 de la Constitución Nacional, pero mi escrito es mío, estoy en mi derecho de preservarlo y yo mis escritos no se los doy a nadie.

- ¿Qué motivó a Servini de Cubría a solicitar esta medida cautelar?

- Habia muchísimos sitios que la injuriaban, todo tipo de blogs y páginas. Hubo tres audiencias de mediación a las que concurrimos y allí pedimos que se bloquearan los sitios, remitimos carpetas para que lo analicen, pero después se nos agotó la paciencia y nos pareció más fácil pedir esta medida.

-
¿No cree que esta medida coarta la libertad de expresión y el derecho a la información?

-
No, porque si alguien quiere entrar a los sitios directamente lo hace igual. Y si quieren leer cosas en serio que compren los diarios.

- ¿Y la gente que no puede comprar un diario qué hace?

- No sé, no me importa, pero tampoco tiene por qué leer los sitios que me injurian a mí, porque ahora yo también tengo un montón de blogs que se dedican a injuriarme. Tengo al gran monstruo atacándome permanentemente, pero no me importa, más me atacan, más me agrando. Además, si me atacan en los medios es porque en Tribunales les está yendo bastante mal.

-¿El gran monstruo es Google?

- Sí, claro.

- ¿Y piensa tomar alguna medida por las injurias contra su persona?

- Lo estoy evaluando con mis abogados.

-¿Por qué se toman las medidas contra Yahoo! y Google y no contra las páginas que injurian?

- Porque no sirve de nada tomar medidas contra las páginas, porque sin los buscadores a esas páginas no llega nadie, no las conoce nadie.

La conversación termina cordialmente, pero con cierta tensión por parte del abogado, que a los cinco minutos vuelve a comunicarse para aclarar:

- Estuve viendo el artículo 50 del Trips Gatt y habla sobre las imágenes, el derecho sobre la imagen que tiene una persona.

-
Pero un juez es un funcionario público: ¿Hay alguna imagen en internet que la muestre en su intimidad?

-
No. Desconozco.



La cosa es simple, no le puedo hacer juicio a los blogs y otros lugares, se lo hago a Google y a Yahoo...Ya que sin ellos las personas no llegarán a ésos blogs o lugares que no hablan bien de la jueza.

También es verdad que Google y Yahoo tienen más dinero...




Según una nota del diario Perfil:

Los buscadores Google y Yahoo! recibieron en los últimos meses cientos de demandas de famosos argentinos que no quieren aparecer vinculados a sitios pornográficos o de venta de servicios sexuales. Las demandas de celebrities de distintos ámbitos ya suman 10 millones de dólares. El último caso llevado ante la Justicia fue el de Diego Maradona, quien presentó un amparo invocando su protección y la de su familia, y el juez Carlos Alvarez ordenó que la medida fuera ejecutada “en forma inmediata”.

Los abogados de Google María Baudino y Juan Pablo Bonfico, luego de un prolongado silencio, salieron a escena. La postura fue desligar responsabilidades alegando que “es imposible controlar los contenidos de todas las páginas”. Además, apelaron las medidas judiciales al tiempo que denunciaron que existe “una industria del juicio montada en su contra”. “Hay más de un centenar de denuncias encabezadas por el mismo abogado, hecho que de por sí es llamativo. El único objetivo que persiguen es sacarle dinero a la compañía, porque lo que piden no se puede cumplir”, dijo a PERFIL Alberto Arebalos, director de comunicaciones y asuntos públicos para América latina de Google.

En Argentina, a diferencia de otros países, no existe un marco normativo que regule los contenidos de Internet. “En Estados Unidos y en Europa el tráfico de la Web está legislado. La ley es muy clara y dice que los responsables de los contenidos son los dueños de los sitios. No es el objeto de un buscador saber si el material es o no es ofensivo, es lo mismo que le pidan a un canillita que arranque todas las páginas de los diarios que agravian a alguien”, argumentó Arebalos. Según María Baudino, esas acciones “están interesadas en el hecho económico y buscan que no podamos responder, para así poder demandarnos. Hay un claro modus operandi como por ejemplo el monto que se solicita como daño, que siempre es entre 300 y 400 mil pesos”. Y agregó: “Llama la atención que vayan contra nosotros y Yahoo! (que prefirió no opinar y manejarse judicialmente) y no contra otros buscadores como Microsoft y Altavista. Nuestra herramienta nos permite bloquear páginas, pero no podemos retirar el material. Los responsables de los contenidos son los dueños”.

La libertad de expresión es otro de los derechos que alegan desde el buscador para negarse a cumplir con lo que se les exige. Por eso explican que problemas similares aparecen cuando alguien se siente ofendido por el post de un blog o comentarios en una red social. “Nos preocupa la privacidad de la gente, no estamos abogando por la difamación de nadie. Cuando circulan comentarios racistas o violentos, son levantados. Si nos equivocamos, preferimos hacerlo para el lado de más libertad de expresión y no de menos.”


La Respuesta desde el Blog de Google:

En Europa ésta cuestión se resolvió a nivel comunitario, en el año 2000 mediante la Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo Europa. En su sección cuarta establece claramente los niveles de responsabilidad de los diferentes intermediarios de Internet. La Directiva conocida como de Comercio Electrónico, establece dos principios fundamentales:

Principio de “mera transmisión”, que establece que en la prestación de servicios de la sociedad de la información, no se pueda considerar al prestador de servicios responsable de los datos transmitidos, alojados o almacenados temporalmente, en la medida de que el prestador de servicios no haya originado él mismo la transmisión, no haya modificado o seleccionado la información o tenga conocimiento efectivo de la actividad ilícita, fundado en una resolución de autoridad competente que le de tal carácter a un contenido determinado.

Principio de “inexistencia de obligación general de supervisión”, que releva a los prestadores de servicios de una obligación general de supervisar los datos que transmitan o almacenen, ni una obligación general de realizar búsquedas activas de hechos o circunstancias que indiquen actividades ilícitas, respecto de los servicios que prestan.

Estos conceptos han sido también receptados legislativamente en Latinoamérica. En Chile, el Proyecto de Ley No. 5393 modificatorio de la Ley 17336 de Propiedad de Intelectual, incluye el principio de inmunidad de responsabilidad de los intermediarios de Internet, la necesidad de una notificación judicial para la eliminación de contenido infractor y el principio de inexistencia de obligación general de supervisión. Este proyecto tiene media sanción en la cámara Diputados y actualmente se encuentre en análisis en el Senado Chileno.

En Argentina, estos principios también fueron acogidos en el proyecto de Ley de Comercio Electrónico, presentado por el entonces Senador Jorge Capitanich (Expediente Número 3812/06), con especial referencia a los buscadores y directorios. El proyecto establece que un intermediario de Internet tendrá conocimiento efectivo de qué contenido o información, que almacena, remite o referencia, es ilícito o de que lesiona bienes o derechos de un tercero, solamente cuando un órgano competente (un juez) haya declarado la ilicitud de tal contenido o información, ordenado su retiro o imposibilitado su acceso y que tal decisión haya sido debidamente notificada al intermediario de Internet.


------------


¿Derecho a la intimidad o censurada indiscriminada?

Funcionarios públicos, también han solicitado por la vía judicial a los principales buscadores de Internet la remoción de “todo resultado de búsqueda”, que pueda estar asociado con su nombre, eliminando así cualquier vinculación a medios periodísticos, páginas de opinión, publicaciones en línea, sitios del gobierno nacional donde exista información pública del funcionario o inclusive el mismo sitio Web del poder judicial donde el funcionario en cuestión desempeñe sus funciones (todos estos sitios totalmente ajenos a los buscadores que se demandan). Esta medida cautelar resulta a todas luces desproporcionada, ya que niega a toda la sociedad de la posibilidad de informarse sobre el actuar de un funcionario público, sin hacer un análisis previo de que contenidos pueden resultar difamatorios y ordenar específicamente la remoción de ciertos contenidos que puedan vulnerar los derechos del funcionario.

De esta manera, un funcionario judicial intenta de manera indirecta censurar todo contenido existente o por ser publicado que pueda estar relacionado con las tareas que desempeña cómo funcionario público, vulnerando derechos tan importantes como el acceso a la información, la libertad de prensa, la libertad de expresión, la abolición de la censura previa y la transparencia en la función pública. Resulta sorprendente que un funcionario judicial haya iniciado esta acción y que otro funcionario judicial la haya acogido en flagrante violación nuestra Constitución Nacional, la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica)1, también de rango constitucional, leyes nacionales que consagran a Internet amparada en el principio de Libertad de expresión, entre otras normativas.

Resulta interesante rescatar lo establecido en la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, particular los principios 5 y 10:

-------

Las medidas cautelares que ordenan este tipo de remoción no solucionan el problema de la persona afectada, el contenido dañino sigue existiendo, los autores del mismo cada vez se sienten más impunes ya que la justicia está enfocando sus esfuerzos hacia el lugar equivocado, y se favorece la generación de buscadores específicos para contenidos ilegales. Las investigaciones que posibilitarían desmantelar redes de prostitución no se inician, a expensas de empresas establecidas que no tienen responsabilidad alguna ni control sobre éstos contenidos





Algo que es verdad y que hace pensar qué existe una doble moral en Google es que en la Argentina se amparan en el Pacto de San José de Costa Rica y demás y en China...:


Google pone en marcha una versión censurada de su buscador


Reporteros sin Fronteras se siente descorazonada al saber que Google ha decidido poner en marcha, en China, una versión censurada de su buscador. Ahora, los internautas chinos tienen que contentarse con los contenidos validados por las autoridades de Pekín, una vez que han quedado fuera las informaciones del Tibet o los derechos humanos en China.


“La puesta en marcha de Google.cn representará un día negro para la libertad de expresión en China. Mientras que la empresa defiende los derechos de los internautas norteamericanos frente a la justicia de aquel país, se burla de sus usuarios chinos. A la luz de su estrategia en China, las ofuscadas declaraciones de Google sobre el respeto a la confidencialidad de los internautas nos parecen el colmo de la hipocresía. Igual que sus competidores, esta empresa nos explica que no le queda otra opción, porque tiene que plegarse a las leyes locales. Pero es un argumento que no se aguanta. La libertad de expresión no es un principio accesorio que puede dejarse a un lado cuando se opera en una dictadura. Es un valor reconocido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, e inscrito en la constitución china. Hoy, en materia de censura, las empresas norteamericanas se pliegan a las mismas reglas que sus competidores chinos. Sin embargo, continúan justificándose hablando del efecto beneficioso que tendrá su actividad, a largo plazo. Pero hay una cosa cierta: el Internet chino cada vez se aísla más del resto del mundo, y la libertad de expresión cada vez está más reducida. Las profecías de esas empresas sobre el futuro de una Red libre y sin fronteras sirven para esconder errores éticos inaceptables”.





Entonces tenemos dos medidas, en China entrego y en la Argentina la peleo!!.

De todas maneras estoy de acuerdo con que en la Argentina google la pelee...Igual el tema sigue siendo complejo.

Si no existe una reglamentación que diga que los buscadores son meros instrumentos de éso búsqueda, bueno, mucho no se puede hacer, es mucho más fácil bloquear los buscadores que conseguir los datos de un servidor y borrar ésos datos.

Sería bueno si alguien puede traducir los artículos del periodista de la BBC sobre sus argumentos para solicitar el control del Estado en Google.

Los artículos son:




Artículo de ADEPA (Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas) sobre los juicios a Google y a Yahoo en la Argentina.:
"El principio de "inexistencia de obligación general de supervisión", que releva a los prestadores de servicios de una obligación general de supervisar los datos que transmitan o almacenen, ni una obligación general de realizar búsquedas activas de hechos o circunstancias que indiquen actividades ilícitas respecto de los servicios que prestan. "



Un nuevo fallo contra Google y Yahoo en la Argentina.

Resumen de las páginas citadas en esta entrada:


Nuestra dirección de e-mail:


PPirataArgentino#gmail.com

Reemplacen # por @.



Ahora, es divertido que:


  • Hay personas y empresas que desean y mucho aparecer arriba de todo al realizar búsquedas en Internet.

  • Hay otros que no quieren ni siquiera aparecer al realizarse una búsqueda!!


Aparecido después del tema del pedido de retiro de entradas en la Argentina en el blog de Google:

"En un mundo donde los gobiernos ejercen demasiadas veces la censura sobre lo que sus ciudadanos pueden ver y hacer en la Internet, Google ha promovido desde sus inicios la libertad de expresión y tomó el liderazgo en ser transparente con sus usuarios.

----

La compañías que adhieren a la Global Network Initiative se comprometen a poner en funcionamiento los siguientes procedimientos para proteger a los usuarios:

  • Evaluar como contrarios a los estándares internacionales a las demandas de los gobiernos para censurar contenidos o accesos a la información.
  • Proveer mayor transparencia
  • Evaluar riesgos para los derechos humanos cuando entramos en nuevos mercados o lanzamos nuevos productos.
  • Implementar entrenamiento de empleados y programas de seguimiento

Toda la entrada en el blog de Google

No se chino, pero sería cuestión de buscar Tian an men en ideogramas chinos y ver qué da para saber si están cumplieno o no con su propuesta en Google, o si es algo un tanto hipócrita...

Si alguien que sabe chino quiere realizar la búsqueda sería interesante. Google dice que ellos no censuran, que quien realiza la censura es el gobierno chino...



0 comentarios:

Publicar un comentario